Legítima en una herencia: qué es, a quién corresponde y cómo se calcula

12 11 2025

¿Sabías que, aunque alguien haga un testamento, hay ciertos herederos, denominados herederos forzosos, que siempre tienen derecho a una parte de la herencia? Esa porción de bienes de la que el testador no puede disponer es justamente lo que se conoce como legítima en una herencia. Es una especie de “protección legal” que asegura que ciertas personas con un vínculo más estrecho con el fallecido (causante) reciban una parte de los bienes del fallecido.

En este artículo te explicamos qué es la legítima, quiénes tienen derecho a ella y cómo se calcula, para que tengas claro cómo funciona y puedas evitar malentendidos o conflictos.

¿Qué es la legítima en una herencia?

La legítima en una herencia es la parte del patrimonio del fallecido que la ley reserva obligatoriamente a determinadas personas, conocidas como herederos forzosos o legitimarios. Esto significa que, aunque exista testamento y diga lo contrario, existe un mínimo indisponible por el testador que debe respetarse por ley.

 

En otras palabras, la legítima limita la libertad del testador para repartir sus bienes, reservando una porción de bienes hereditarios en favor de determinadas personas. 

¿A quién corresponde la legítima en una herencia?

La legítima corresponde a los herederos forzosos, que varían según la legislación aplicable. El Código Civil (derecho común), establece que los herederos forzosos son:

  • Los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes. Serán legitimarios o herederos forzosos los hijos o descendientes matrimoniales o no matrimoniales y adoptivos.
  • A falta de los anteriores, los padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes.
  • El cónyuge no separado legalmente o de hecho (viudo o viuda) en la forma y medida que establece el Código Civil.

La porción que corresponde como legítima en cada caso está regulada en los artículos 808 y siguientes del Código Civil. Un heredero forzoso solo puede ser desheredado por las causas que la ley establece expresamente.

No obstante, en Comunidades Autónomas con Derecho Civil propio, como Galicia, existen particularidades que pueden afectar a la legítima y la desheredación. Por ello, es recomendable tener en cuenta los Derechos Forales aplicables.

¿Cómo se calcula la legítima?

Para determinar la legítima, primero es necesario calcular el valor de los bienes que integran la herencia tras el fallecimiento del testador, restando las cargas y deudas (excepto aquellas impuestas por el propio testamento). A este valor líquido de los bienes se suman las donaciones colacionables (incluyendo los bienes dados en apartación).

Finalmente, sobre el haber hereditario líquido resultante se aplica el porcentaje correspondiente según la legítima que corresponda en cada caso.

¿Qué pasa si no se respeta la legítima?

Si un testamento no respeta la legítima o deja menos de lo que corresponda por tal concepto:

  • Los legitimarios pueden reclamar judicialmente su parte o el complemento de la legítima. Las disposiciones testamentarias que mermen la legítima de los herederos forzosos se reducirán, en lo que fueran inoficiosas o excesivas.
  • Esto puede generar conflictos con los restantes beneficiarios de la herencia y retrasos en el reparto hereditario.

Por ello, resulta fundamental contar con asesoramiento profesional al planificar o repartir una herencia, con el fin de evitar litigios y asegurarse de que todo se haga conforme a la ley.

Incluso desde el momento de otorgar el testamento, es recomendable recibir ayuda profesional para que éste refleje correctamente la voluntad del causante, respetando la legislación vigente.

La legítima en Galicia: diferencias clave

La legítima en Galicia está regulada por la Ley de Derecho Civil de Galicia, y una de las diferencias más importantes respecto al Código Civil español es que la parte reservada como legítima es menor.

En Galicia, la legítima de los descendientes (hijos o sus linajes) se limita a una cuarta parte del valor total del patrimonio hereditario neto, que se reparte entre todos ellos según las normas del derecho civil gallego.

La legítima del cónyuge viudo varía según haya o no descendientes del fallecido:

  • Si hay descendientes, el cónyuge tiene derecho al usufructo vitalicio de una cuarta parte del patrimonio hereditario líquido.
  • Si no hay descendientes, el cónyuge viudo tiene derecho al usufructo vitalicio de la mitad del capital hereditario.

En resumen, la legítima en Galicia representa el 25% del valor total del patrimonio hereditario líquido, conforme a los artículos 244 y siguientes de la Ley de Derecho Civil de Galicia.

Esto implica que el testador puede disponer libremente del 75% restante de sus bienes, lo que le da una mayor libertad para decidir cómo repartir su patrimonio según su voluntad y sus circunstancias familiares o personales.

Otras diferencias importantes respecto al Derecho Común son las siguientes:

  • En Galicia, los legitimarios no tienen acción real para reclamar su legítima.
  • Los legitimarios no se consideran herederos, sino acreedores de la herencia.
  • Los ascendientes (padres o abuelos) no son herederos forzosos.

¿Qué ocurre si un causante no tiene herederos forzosos?

Si el causante no tiene herederos forzosos, el testador goza de plena libertad para otorgar testamento, sin limitaciones respecto a quiénes recibirán sus bienes y derechos.

En caso de falta de testamento o si se produce alguna de las situaciones previstas en el artículo 912 del Código Civil, será necesario instar la declaración de herederos ab intestato.

El concepto “ab intestato” se refiere a la situación legal en la que una persona fallece sin testamento válido. En este caso, los sucesores se determinan conforme a la ley: primero los parientes del difunto, luego el cónyuge viudo y, si no existen herederos, finalmente hereda el Estado (artículo 913 del Código Civil).

En Galicia, estas reglas están recogidas en los artículos 267 a 269 de la Ley de Derecho Civil de Galicia.

Cómo evitar conflictos en el reparto de una herencia

Los procesos hereditarios suelen ser complejos y la falta de información puede derivar en disputas y en procedimientos judiciales. Por eso, antes de otorgar testamento o de aceptar o repartir una herencia, conviene:

  • Revisar cuidadosamente las disposiciones testamentarias.
  • Calcular correctamente la legítima y los derechos de cada heredero.
  • Contar con asesoramiento especializado para interpretar la normativa aplicable.

Si necesitas orientación profesional, lo más aconsejable es acudir a un despacho con experiencia en Derecho de Sucesiones. En este sentido, el despacho Cal y Fociños Abogados, con sede en Vigo, cuenta con profesionales especializados en herencias que te acompañarán durante todo el proceso para garantizar un reparto respetuoso con la voluntad del testador y acorde a la ley. Ponte en contacto con ellos y déjate asesorar.

Entender la legítima en una herencia para proteger tus derechos

Algunas voces proponen la extinción de la legítima de la herencia, pero actualmente esta figura sigue vigente. En el ámbito sucesorio, la legítima es clave, ya que protege a las personas con un vínculo más próximo al fallecido, además de estar inspirada en el principio de salvaguarda del patrimonio familiar.

Si estás inmerso en un proceso hereditario o quieres asegurarte de que tu testamento respete la normativa vigente, infórmate bien y asesórate antes de tomar decisiones. Un buen consejo jurídico puede marcar la diferencia entre un trámite sencillo y breve con una disputa larga y costosa.

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